10 de octubre de 2026
El equipamiento para motoristas y repartidores incluye requisitos distintos según la vía y el uso del vehículo. Esta guía resume las obligaciones sobre casco, guantes, calzado y chaleco reflectante, junto con los plazos de aplicación.
Desde el 1 de octubre de 2026 está en vigor la reforma del Reglamento General de Circulación aprobada por el Real Decreto 518/2026, de 24 de junio (BOE-A-2026-13889). Cambia el artículo 118 y fija qué debe llevar quien conduce una moto o un ciclomotor. Resumimos lo esencial para motoristas particulares y para repartidores.

Equipamiento para motoristas: resumen rápido
| Equipo | Motoristas particulares | Uso profesional (reparto) |
|---|---|---|
| Casco homologado | Siempre, en todo tipo de vías. Casco UNECE R22 desde el 1 de octubre de 2026 en motocicletas; transición de un año solo para ciclomotores | Siempre, en todo tipo de vías. Casco UNECE R22 desde el 1 de octubre de 2026 en motocicletas; transición de un año solo para ciclomotores |
| Guantes de protección | En vías interurbanas | En vías interurbanas |
| Calzado cerrado que cubra todo el pie | En todas las vías | En todas las vías |
| Chaleco reflectante de alta visibilidad | No hace falta llevarlo puesto circulando. Debe ponérselo quien salga del vehículo y ocupe calzada o arcén en vía interurbana (avería, accidente, parada) | Obligatorio en todo momento y en todo tipo de vías, en moto, ciclomotor, bici o patinete |
El incumplimiento es infracción grave, con multa de 200 euros.
Casco homologado para moto y ciclomotor
El casco homologado (UNECE R22) y abrochado es obligatorio para conductor y pasajero de motos, ciclomotores y cuadriciclos, en todo tipo de vías. En motocicletas, esta exigencia de homologación se aplica desde el 1 de octubre de 2026. Solo los conductores y pasajeros de ciclomotores pueden seguir utilizando cascos de protección certificados durante el plazo transitorio de un año, hasta el 1 de octubre de 2027.
Guantes de protección para motoristas

Son obligatorios guantes de protección en vías interurbanas. La persona titular del Ministerio del Interior podrá establecer por orden sus especificaciones técnicas; hasta que esa orden entre en vigor, se utilizarán guantes de protección de las mismas características que los actuales.
Calzado cerrado para circular en moto

Hace falta calzado cerrado que cubra todo el pie, en todas las vías. Las chanclas, sandalias o zapatos abiertos ya no sirven.
Chaleco reflectante: particulares y repartidores

Motoristas particulares
Para motoristas particulares, el chaleco forma parte de la dotación del vehículo y solo hay que ponérselo al salir a calzada o arcén en vía interurbana.
Repartidores y uso profesional
Para quien trabaja con moto, ciclomotor, bici o patinete (por ejemplo, repartidores), el chaleco es obligatorio siempre y en todas las vías, sin distinción de día o noche.
Normativa de motoristas: fechas y plazos
- Entrada en vigor: 1 de octubre de 2026.
- Casco UNECE R22 en motocicletas: exigible desde el 1 de octubre de 2026. Solo en ciclomotores se permite seguir utilizando cascos de protección certificados hasta el 1 de octubre de 2027.
- Guantes de protección: los de las mismas características que los actuales siguen siendo válidos hasta que entre en vigor la orden ministerial con sus especificaciones.
- Uso del alumbrado durante el día en patinetes (VMP): exigible a partir del 1 de octubre de 2027.
Fuentes: BOE-A-2026-13889 y notas de prensa de la DGT del 30 de septiembre y del 23 de junio de 2026. Este texto es informativo y no sustituye a la norma.
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